El 1 de enero de 2020 los vehículos sin distintivo medioambiental no podrán estacionar en las zonas de estacionamiento regulado (SER) del municipio de Madrid. Sin embargo, existe una excepción a la norma, los residentes únicamente podrán estacionar en las plazas de aparcamiento de su barrio donde estén empadronados.
El reglamento general de vehículos clasifica como A o sin distintivo ambiental a los vehículos diésel matriculados antes de 2006 y gasolina anteriores al año 2000. Si bien, cabe recordar que esta clasificación es ciertamente polémica y han existido errores, al vincular la clasificación a la fecha de matriculación y no a la que corresponde por homologación en normativa anticontaminación. Esta medida se une a la obligatoriedad de uso de distintivo en el resto de categorías en la capital.
El Ayuntamiento de Madrid ha cifrado en 42.000 vehículos afectados por esta medida,; a sus propietarios les comunicará el hecho por correo electrónico y postal. Además, la normativa prevé una sanción para quienes incumplan esta prohibición, una multa de 90 euros o 45 euros si efectúan el pronto pago.