La convocatoria de elecciones anunciada el pasado 15 de febrero ha paralizado la batería de medidas que tenía previsto implementar el gobierno con respecto a los cambios en el Reglamento de Circulación, como también las medidas sobre el diésel y vehículos de combustión en general.
Así en cuanto a límites de velocidad, si ha entrado en vigor (desde el día 29 de enero de 2019) la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación, sobre los límites de velocidad en vías convencionales; la velocidad máxima genérica será de 90 km/h y de 80 km/h para algunos vehículos. Otros elementos que si entraron en vigor mediante reforma de este Reglamento fueron las nuevas definiciones de vehículos, distintivos o las matrículas de vehículos destinados a VTC o Taxi.
La DGT también tenía previsto reducir la velocidad a 30 km/h en algunas vías urbanas, esta medida de momento queda en el limbo ya que no se ha presentado la reforma y ha quedado en un borrador; en dicho borrador también se recogía un aumento en las pérdida de puntos por el uso del teléfono móvil de 3 a 6 o el aumento de la pérdida de puntos por no llevar el cinturón de seguridad, sistemas de retención o casco de 3 a 4 puntos.
Con la no aprobación del proyecto de presupuestos, la subida del impuesto especial al diésel a 34,5 céntimos queda también sin aprobar, por lo que seguirá como hasta ahora, 30,7 céntimos de euro por litro; aunque si entró el vigor en algunas Comunidades Autónomas un impuesto cifrado en un máximo de 4,8 céntimos litro al diésel y a la gasolina.
Por último, otra medida que queda fuera y que se recogía en el borrador de la Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica, era la prohibición de la comercialización de los vehículos diésel, gasolina e híbridos en 2040; y la posterior prohibición de circular de estos en 2050.